EQUIVALENCIA GRADUADO ESCOLAR A GRADUADO SECUNDARIA


Como todos sabemos, en la actualidad, los estudios mínimos exigidos se corresponden con la titulación de Graduado en Enseñanza Secundaria (E.S.O. o E.S.A.) tanto para el acceso a determinados estudios y cursos de formación profesional, como a nivel laboral para el acceso a ciertos tipos de contratos.

Si bien, el Título de Graduado Escolar no es convalidable por el de Graduado en Enseñanza Secundaria, desde el Ministerio de Educación se da la posibilidad de convalidar aquellas enseñanzas obligatorias ya extintas por su equivalente académico actual, aunque sólo a efectos laborales.

Es decir, podremos equiparar nuestro título de Graduado Escolar por el de E.S.O., pero sólo nos será válido para el acceso al mercado laboral y a los contratos que exigen de dicha titulación para poderse llevar a cabo.

El reconocimiento del nuevo nivel académico no tendrá validez si lo que se desea es continuar con estudios de Grado Medio o con la Formación Profesional que tiene como exigencia mínima de estudios los de Secundaria.

Para la solicitud de la equivalencia de títulos no se establece ningún período concreto, puediéndose realizar en cualquier momento, presentando la documentación exigida en las Delegaciones Provinciales de Educación o en las oficinas de registro habilitadas.

En Sevilla, podremos acudir a la siguiente dirección:

Delegación Provincial de Sevilla
Ronda del Tamarguillo, s/n
41005 Sevilla
Tlfno: 955034200/01/02

Más información: Servicios Sociales ( Rafael Castellanos)

La documentación a presentar será la siguiente:
  • Modelo de solicitud.
  • Fotocopia compulsada del D.N.I. / N.I.E
    • Escolaridad Obligatoria. (Según el caso). Fotocopia compulsada de uno de los siguientes requisitos.
    • Certificado de Escolaridad correspondiente a planes de estudio anteriores a la Ley 1/1990, LOGSE.
    • Certificación de la Delegación Provincial de Educación con los datos del registro del Certificado de Escolaridad.
    • Para los nacidos antes del año 1961, Cartilla de Escolaridad o Libro de Escolaridad o Certificación académica expedida por el centro donde finalizó la escolaridad en la que figuren los años de enseñanza obligatoria que le correspondió cursar.
    • Para los nacidos entre 1961 y 1982, Certificación académica expedida por el centro educativo donde finalizó la escolaridad obligatoria, en la que figure curso a curso los años de escolaridad que le correspondió cursar y los datos del Certificado de Escolaridad.
    • Para los nacidos entre 1961 y 1982, fotocopia completa del libro de escolaridad, donde figure la propuesta del Certificado de Escolaridad con el Vº Bº de la Inspección.